¿De quién es el agua?

Foto: Junta de Agua Potable Japami

 

El niño tiene en las manos un vaso con agua que no quiere dar. “¡Es mía!”, dice. Su abuelo, que trae una gran jarra del precioso líquido, le sonríe: “Préstame tu vaso”. “Bueno, pero devuélvemelo rápido”. El viejo vacía el contenido del vaso en su jarra y la pone frente al nieto: “Si me dices cuál agua de esta agua es la tuya, te la puedes llevar.”

Alejandro Jodorowsky, Propiedad privada.


El viejo del cuento de Jodorowsky plantea que el agua no le pertenece a nadie. El dueño no es el niño, aunque tenga sed. Tampoco las empresas que la llevan hasta las casas de los seres humanos o la encierran en botellas y menos los propietarios de los territorios por los que corre. Como afirma Maude Barlow (2010) en su libro Oro azul: “El agua debe ser declarada y comprendida para siempre como una propiedad común”, y agrega: “El agua forma parte del legado del mundo y debe permanecer bajo dominio público para siempre, protegida por una rigurosa legislación local, nacional e internacional”. 


El agua no es un producto del trabajo, como afirma Jorge Veraza (2007) cuando dice: “tenemos que reconocer que el proceso de producción natural del agua tiene premisas cósmicas y planetarias que hasta hoy no son accesibles a la técnica humana”. Por tanto este recurso no puede considerarse una mercancía. El agua purificada y entubada sigue siendo la misma H2O que se recolectó del río. Veraza agrega que “si el resultado de estos procesos (purificación y entubación)  implica un valor y una mercancía este valor no puede atribuírsele al agua – que ha permanecido, en tanto  mero valor de uso, como soporte de aquellos manejos – aunque parezca confundirse con ella; es el valor de dichos procedimientos pero no del agua” . 


Veraza cree que los procesos de tratamiento del agua deben ser forzosamente colectivos, de lo contrario se corre el riesgo de que las empresas privadas se apropien de esta tarea con la promesa de grandes inversiones y un manejo más eficiente del servicio. Sabemos que el primer paso de los inversionistas para lograr estas transformaciones es el aumento de las tarifas, lo cual les garantiza que sus aportes sean retribuidos y además tener innumerables ganancias.


Por ejemplo, en Colombia, a pesar de que particulares prestan el servicio del agua desde 1991, el problema del acceso aún no ha sido resuelto: “siendo un país con abundancia de agua, el mapa de Índices de Aridez muestra que la cuenca del Magdalena-Cauca, de la región hidrográfica del Caribe, cuenta con un rendimiento hídrico promedio de normal a deficitario, lo cual es grave dado que los asentamientos poblacionales alcanzan en esa zona el 70% de la población colombiana, y que allí se desarrolla la mayor actividad económica del país” (Colmenares y Mira, 2009). 


La ausencia de un Estado que preste el servicio de agua, los altos costos de las tarifas de acueducto y alcantarillado, así como la escasa infraestructura sobre todo en la zona rural y en la periferia de las urbes, llevó a los ciudadanos a fundar los acueductos comunitarios, una forma de organización colectiva como la que reclama Veraza, que antecede a las juntas de acción comunal. Antes de fundarse cualquier organización política ciudadana, las personas se agrupaban en convites y mingas para cavar los huecos, extender las tuberías e instalar los tanques que les permitirían proveerse de agua. 

Pintura: Natalya Eddem Lizárraga – Cusco

“Los acueductos comunitarios son entidades complejas en sentido histórico, social, económico e institucional público, pues ante todo son construcciones populares en torno a la gestión del agua que hacen parte de los territorios sociales en veredas, resguardos indígenas, territorios de comunidades negras y barrios de las diferentes regiones y ciudades del país” (Correa, 2009) . Todos son públicos en cuanto a su vínculo con el agua como bien común, están conformados por familiares, vecinos, amigos o por personas que comparten un territorio.   


La gestión comunitaria del agua no es exclusiva de lo rural. En muchas ciudades del país, las poblaciones se han asentado en laderas con microcuencas, que han sido aprovechadas para abastecerse de agua, hasta el punto que capitales como “Pereira e Ibagué cuentan con una cobertura de alrededor del 20% del servicio en manos de acueductos comunitarios. En el sector rural del país, la cobertura alcanza el 40% a cargo de más de 10.000 acueductos de este tipo” (Correa, 2009).


“En Colombia existen cerca de 12.000 acueductos comunitarios, veredales y artesanales, que suministran el agua al 20% de la población” (Correa, 2009). Organizaciones que se gestaron en las comunidades por la necesidad natural de acceder al agua, en ausencia de un Estado que proveyera el servicio y que además les permiten mantener unos costos moderados en las tarifas. Estas organizaciones son ejemplo del trabajo en equipo, de la confianza, de la solidaridad y de la defensa del territorio y las comunidades.


Una ley propia para los acueductos comunitarios  

Foto: Red de Acueductos comunitarios de Colombia

Hace pocos días, la Red de Acueductos comunitarios de Colombia lanzó una alerta sobre la necesidad de llevar a conciliación entre Cámara y Senado el proyecto de ley para la Gestión Comunitaria del agua. Se trata de un trabajo que comenzó hace veinte años,  en el que las comunidades construyeron a través del consenso y de forma participativa en talleres, asambleas y convites una ley propia que le permite a los acueductos comunitarios del país ser reconocidos como garantes del servicio de agua en gran parte de nuestro territorio. La iniciativa fue radicada en el 2024 por las comunidades organizadas junto a un grupo de congresistas del Pacto Histórico.   


El proyecto de ley reconoce legalmente a los acueductos comunitarios como modelo propio, protege el agua como bien común, fortalece la autonomía de las comunidades organizadas, crea un marco jurídico especial para la gestión comunitaria del agua, reduce barreras y costos para formalización, impulsa conservación de microcuencas y ecosistemas, obliga a municipios y departamentos a fortalecer la gestión comunitaria, reconoce tarifas solidarias definidas en asamblea, establece vigilancia diferenciada y fortalece a los gestores comunitarios en todo Colombia. La propuesta ya cursó cuatro debates  en el Congreso, sólo falta la conciliación entre Senado y Cámara para que pase a sanción presidencial. El trámite, de especial urgencia, tiene que concretarse en siete días, por eso las próximas semanas son cruciales para consolidar un trabajo de décadas de las comunidades organizadas que prestan el servicio de agua en el país. 


Bibliografía 


Barlow, Maude. (2010) El oro azul.  https://agua.org.mx/wp-content/uploads/2007/07/El-oro-azul.pdf 

Colmenares, Rafael y Mira, Juan Camilo. (2009). Paradojas del agua en Colombia: Privatización y alternativas públicas. Ecofondo.

Correa, Hernán. (2009). Acueductos comunitarios, patrimonio público y movimientos sociales. Ecofondo. 

Veraza, Jorge. (2007). Economía y política del agua. Ítaca.


Leandro A. Vásquez Sánchez


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